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Condiciones generales

Condiciones generales

  1. UTILIZACIÓN DEL VEHICULO.- El arrendatario recibe en alquiler el vehículo descrito en el anverso en perfectas condiciones de funcionamiento, con todos sus documentos, neumáticos, herramientas, accesorios y en buen estado de limpieza. Esta clausula en ningún caso supone renuncia a los derechos que como consumidor le corresponde legalmente, si bien en el supuesto de que el vehículo no funcione adecuadamente deberá comunicarlo a la arrendadora en el menor plazo posible. El arrendatario se compromete a conservarlos y conducir el vehículo cumpliendo las normas de Código de la Circulación. Queda expresamente prohibido:

    1. Conducir el vehículo personas no autorizadas expresamente en el contrato.
    2. El subarriendo del vehículo sin previa autorización del Arrendador.
    3. Utilizar el vehículo para transportes por cuenta ajena.
    4. Conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas, motivadas por alcohol, drogas, fatiga o enfermedad.
    5. Utilizar el vehículo para empuje o remolcar otros vehículos.
    6. Participar con el vehículo en carreras, concursos, desafíos de cualquier naturaleza, y pruebas de reconocimiento de circuitos.
    7. Desprecintar o manipular el cuentakilómetros del vehículo, debiendo comunicar inmediatamente al Arrendador de cualquier avería del mismo.
  2. DEVOLUCION DEL VEHICULO.– El arrendatario devolverá el vehículo alquilado junto con todos sus documentos, neumáticos, herramientas y accesorios, en el lugar y la fecha estipulados en el presente contrato. Cualquier alteración deberá ser previamente autorizada por el Arrendador. El incumplimiento de esta condición faculta al Arrendador a requerir por escrito la devolución del vehículo.
  3. CARGOS DEL ALQUILER.– El arrendatario se compromete a pagar al Arrendador:

    1. Los cargos por alquiler del vehículo, entrega y recogida, seguros, combustible e impuestos determinados en la tarifa vigente del Arrendador, plasmada en las condiciones comerciales publicadas en la web www.opencar.es. La aplicación de la tarifa convenida inicialmente queda supeditada a que la devolución del vehículo se realice en el lugar y la fecha previstos.
    2. Los cargos ocasionados por la pérdida de documentos del vehículo, valorado en 50 €, así como perdida de neumáticos, herramientas y accesorios a valor medio de mercado.
    3. Los costes de reparación de los daños causados al vehículo, en caso de accidente, cuando concurran las siguientes circunstancias:
      1. Que el vehículo no fuera utilizado de acuerdo con las condiciones establecidas.
      2. Que el parte de accidente no hubiera sido cumplimentado en el plazo señalado, o que no se ajustase a la realidad de los hechos producidos.
    4. Que no hubieran sido cubiertos los daños ocasionados al vehículo por el seguro concertado por el arrendatario. En este caso se facturara el coste total de la reparación de dichos daños. Una vez comprobado que el arrendatario no es culpable de los daños se le reintegrara la cantidad correspondiente una vez que la compañía aseguradora haya pagado dicho coste al arrendador.
    5. Las multas, grúas y gastos judiciales motivados por infracciones de tráfico o infracciones de leyes, reglamentos u ordenanzas, por parte del Arrendatario.
    6. En el caso de desprecintar, desconectar o manipular el cuentakilómetros del vehículo, se aplicará la tarifa vigente de kilómetros ilimitados con un mínimo de siete días.
  4. SEGURO.– El arrendatario y conductores autorizados en el contrato participan de los beneficios de una póliza de seguro de automóviles concertada por el Arrendador, por la responsabilidad civil obligatoria legalmente establecida (daños a terceros), siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

    1. Que el Arrendatario, en caso de accidente, envié al Arrendador un parte de accidente, dentro del plazo máximo de cuarenta y ocho horas después de producirse el mismo.
    2. Que la Compañía Aseguradora no rechace el siniestro, como consecuencia de no conducir en las condiciones físicas exigidas por el Código de Circulación.

    A los efectos de este seguro, no se considerarán como terceras personas el cónyuge, ascendentes, descendientes y hermanos del Arrendatario y conductores autorizados, así como sus socios y personas que tengan con los mismos relación de salario o dependencia. Quedan expresamente excluidos de la garantía del seguro, la perdida, sustracción o daños causados a bienes transportados en el vehículo alquilado.
    El seguro concertado por el Arrendador, cubre asimismo al Arrendatario y conductores autorizados de la prestación de fianzas y de la defensa jurídica que pudiera requerirse al conductor.
    La responsabilidad del Arrendatario con respecto a los daños causados al vehículo alquilado, siempre que se utilice de acuerdo con las condiciones establecidas, está totalmente cubierta en los casos de robo e incendio. Los daños restantes ocasionados al vehículo serán por cuenta del Arrendatario. El Arrendatario quedará exento de esta responsabilidad, mediante la suscripción del seguro opcional ( CDW ) según la tarifa vigente, siendo requisito indispensable firmar la aceptación de este cargo en el recuadro que existe para tal fin en el anverso.
    No obstante, el Arrendatario estará obligado a abonar al Arrendador el importe de la paralización del vehículo durante el tiempo que dure la reparación y al precio estipulado en las condiciones comerciales, siempre que fuera debido a su culpa o negligencia.

  5. ACCIDENTES.- En caso de accidente, el Arrendatario se compromete a:

    1. Obtener datos completos de la parte contraria y posibles testigos, cumplimentado un parte de accidente, que remitirá al Arrendador dentro del plazo de cuarenta y ocho horas después de producirse el mismo.
    2. No reconocer o prejuzgar la responsabilidad del hecho
    3. Notificar inmediatamente a la Autoridad si la culpabilidad de la otra parte debe ser investigada o si hay personas heridas.
    4. No abandonar el vehículo alquilado sin tomar medidas adecuadas para protegerlo.
  6. REPARACIONES.- El Arrendador se hará cargo de los gastos habidos durante el alquiler por engrase, cambios de aceite y pequeñas reparaciones, hasta un máximo de 60 €, que deberán justificarse con los oportunos recibos y facturas. Quedan expresamente exceptuados los gastos de remolcar el vehículo, en caso de accidente, así como pinchazos o daños causados a las cubiertas y llantas, los cuales serán a cargo del Arrendatario. El Arrendatario se compromete a obtener la previa autorización del Arrendador para efectuar reparaciones superiores a 60 €. Cualquier avería que se produzca en el vehículo alquilado, será a cargo del Arrendador, salvo que se compruebe que ha sido debida a mal uso por parte del Arrendatario, en cuyo caso este estará obligado a pagar el importe de la reparación mas la paralización del vehículo y todos los gastos de desplazamiento y remolque.
  7. RESPONSABILIDAD DEL ARRENDADOR.- El Arrendador declara haber tomado las debidas precauciones para evitar fallos mecánicos del vehículo alquilado, pero en caso de producirse éstos, no asume ninguna responsabilidad por los perjuicios que pudiera causarse al Arrendatario como consecuencia de dichos fallos o averías.
  8. JURISDICCIÓN.- Cualquier divergencia que surgiera entre el Arrendador y el Arrendatario, será sometido al fuero de los Juzgados ordinarios de la jurisdicción civil del lugar donde se haya iniciado el alquiler, con renuncia expresa a cualquier otro.
  9. Ante cualquier duda en la interpretación del presente contrato prevalecerá la versión en Español.
  10. Conforme a los estipulado en la Ley Orgánica de protección de datos de carácter personal, le informamos que sus datos se recogen para poder contestar a sus consultas, enviarle información sobre nuestros servicios, así como información comercial y promocional derivada de nuestra actividad.
    Además le informamos que los datos de encuentran recogidos en un fichero informático al cual usted tiene derecho de acceso, rectificación, cancelación u oposición. EL titula de este fichero es OPENCAR MARINA S.L. con domicilio en Avda. de las Naciones ,-A local 24 - Urbanización Ciudad Quesada – 03170 Rojales –Alicante – España.
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